Gobierno de España: trámites obligatorios para extranjeros

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Gobierno de España: trámites obligatorios para extranjeros

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1.- REGISTRO EN LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE GRANADA: ESTUDIANTES ERASMUS NACIONALES DE UNIÓN EUROPEA Y PROVENIENTES DE PAISES DE LA ZONA SCHENGEN

Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, o un país perteneciente a la zona Schengen que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a 90 días, han de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. Dicha Oficina les expedirá un certificado de registro como ciudadano de la UE donde aparecerá también el número NIE: Número de Identificación de Extranjero. Este certificado les permitirá acreditar su derecho de residencia en territorio español.

Los estudiantes Erasmus también deben realizar este trámite.

Documentación necesaria para realizar la inscripción:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18).
  • Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • CREDENCIAL OFICIAL DE ESTUDIANTE ERASMUS (emitida por la UGR o por su Universidad de origen).
  • Fotocopia de la tarjeta sanitaria europea o del seguro médico del que disponga.
  • Justificante de abono de la tasa.

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

El procedimiento se desarrollará como sigue:

Recuerda acudir a tu cita con TODOS los documentos preparados.

  • Lugar de presentación:

La inscripción en el Registro Central de Extranjeros en Granada se realiza en la Oficina de Extranjeros situada en C/ San Agapito, número 2.

Para pedir cita previa, visita este enlace. Tras seleccionar la provincia de Granada y aceptar, selecciona la Oficina de Extranjería en Granada, en Calle San Agapito 2 y ve a TRÁMITES POLICÍA NACIONAL – CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO DE LA UE. En caso de encontrar dificultad para pedir tu cita puedes enviar una petición a través del buzón de consulta de extranjería. En el apartado de oficina selecciona “Granada” y en el apartado de consultas selecciona “consultas sobre cita previa”.

  • Plazo de presentación:

Tres meses contados desde la fecha de entrada en España.

  • Tasa (12€):

- Deberá ser abonada en el banco con anterioridad a la expedición del certificado de registro. Esta tasa se puede pagar en algunos cajeros automáticos ya que no todos los bancos permiten su pago en ventanilla. Accede aquí a rellenar e imprimir el formulario de liquidación de la tasa 790. En el formulario deberás seleccionar la opción: certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión.

  • Expedición del certificado de registro:

Una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero (NIE) y fecha de registro.

Más información del procedimiento aquí.

2.- REGISTRO EN LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE GRANADA: ESTUDIANTES ERASMUS DE NACIONALIDAD EXTRACOMUNITARIA

En este caso, seremos las universidades quienes facilitaremos directamente al Registro Central de Extranjeros los datos de los estudiantes que se encuentran en la Universidad de Granada a través de programas de movilidad europeos, como Erasmus+, etc., los cuales no necesitarán tramitar un visado para el periodo de estancia en España.

Consulta aquí la normativa.

Para poder hacer dicha comunicación, necesitamos que tras recibir la carta de aceptación a la Universidad de Granada, nos remitáis un correo electrónico a intlinfo@ugr.es, adjuntando los siguientes documentos en formato .pdf:

  • Pasaporte.
  • Tarjeta de residencia (por ambas caras) del país de la Unión Europea donde esté ubicada tu universidad de origen, con vigencia para todo tu periodo de estudios en la Universidad de Granada.
  • Y rellenéis este formulario https://forms.gle/4TXPEC2e2G454uZX7 donde entre otras cosas se os requiere el domicilio y tlf en Granada.

3.- REGISTRO EN LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE GRANADA: ESTUDIANTES EXTRACOMUNITARIOS PROCEDENTES DE UNIVERSIDADES DE PAÍSES EXTRACOMUNITARIOS

Para poder entrar y permanecer como estudiante en España, debes solicitar el visado de estudios en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en el país o demarcación en el que residas.

Los documentos mínimos necesarios para la solicitud de tu visado de estudios son:

  • Pasaporte.
  • Acreditación de admisión o de pre-inscripción en centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Contenido del plan de estudios.
  • Seguro médico.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades de tu país de origen o residencia.
  • Acreditación de disponibilidad económica suficiente para sufragar los costes de estudios y estancia.

Si el visado que has obtenido de entrada en España es menor de 180 días, no tienes por qué pasar por la Oficina de Extranjería. Observarás que en tu visado, la misión diplomática española te habrá puesto el número NIE (Número de Identificación de Extranjero), por lo que tu registro ya está hecho. Cuando se te pida el NIE para alguna gestión en España, podrás dar ese número.

Una vez en España, si tu estancia por estudios va a ser superior a seis meses, debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Si el visado que has obtenido es de larga duración, es decir, de más de 180 días, entonces tendrás que solicitar cita por internet en la oficina de extranjería de Granada para obtener tu tarjeta de residencia o TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), donde tu NIE estará impreso.

Para ello, debes dirigirte a la Oficina de Extranjeros en el plazo de un mes desde tu entrada en España. Para pedir cita previa visita este enlace .Tras seleccionar la provincia (Granada) y aceptar, ve a trámites cuerpo nacional de policía y selecciona la opción del desplegable: POLICÍA-TOMA DE HUELLAS (Expedición de tarjeta). Tendrás que presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud relleno EX-17.
  • Pasaporte y Visado: original y copia de las páginas donde aparece el número de pasaporte y el visado + hoja con el sello de entrada a España.
  • Una fotocopia del seguro médico.
  • Una fotografía reciente en color tamaño carné, en fondo blanco.
  • CREDENCIAL OFICIAL DE ESTUDIANTE DE MOVILIDAD INTERNACIONAL (emitida por la UGR) y resguardo de matrícula.
  • Justificante del abono de la tasa correspondiente, que encontrarás en este enlace: Tasa 790 (16.08€).Debes seleccionar la opción TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal. Debes imprimirla, llevarla a cualquier banco y pagar en efectivo la tasa.

Guarda bien el resguardo que te darán ese día, tu tarjeta de residencia definitiva llegará a la oficina de extranjería de Granada aproximadamente al cabo de un mes desde que la solicitaste, y tendrás que ir a recogerla allí. Para ello, tendrás que solicitar cita nuevamente para ser atendido: ve a trámites cuerpo nacional de policía y selecciona la opción del desplegable: POLICÍA-RECOGIDA DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO TIE.

4.- Prórroga de la estancia por estudios

Si la duración de tus estudios es superior a un año, deberás solicitar y obtener una prórroga de tu autorización de estancia. Para ello es muy importante que presentes la solicitud durante los sesenta días previos a su caducidad. También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Para solicitar la prórroga, deberás aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud de prórroga, por duplicado.
  • Copia de tu tarjeta de identidad anterior.
  • Pasaporte en vigor.
  • Seguro médico (con cobertura en gastos de repatriación).
  • Justificación de tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares (becas, ingresos familiares, etc.).
  • Acreditación de que te encuentras en disposición de proseguir con tus estudios (certificación académica).

Una vez concedida la autorización, deberás solicitar en el plazo de un mes la expedición de tu nueva Tarjeta de Identidad.

Para pedir cita previa, visita este enlace .

Acceso al Portal del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: Prórroga de autorización

5.- Oficina de Extranjería en Granada

  • Dirección: C/ San Agapito, número 2, código postal 18013, de Granada.
  • Teléfonos de contacto: (+34) 958 909 311 / 4 / 5.
  • Horario de atención al público: de lunes a jueves, de 9h a 17.30h. Viernes, de 9h a 14h.

Para pedir cita previa, visita este enlace .

Nota: El Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Granada no se hace responsable de las posibles modificaciones que se puedan producir en la legislación española al respecto una vez publicada esta información. Por lo tanto la Universidad de Granada recomienda a los estudiantes que consulten debidamente sus obligaciones relacionadas con su residencia en España en la Oficina de Extranjeros una vez en Granada, en la web del Ministerio de Interior o en los Consulados previamente a su llegada. No obstante, nuestra oficina continuará informándose de las posibles novedades y publicándolas en nuestros medios habituales de difusión.

Web del Ministerio de Trabajo y Economía Social

Web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones