Becas Santander ERASMUS

Convocatoria

  • Objeto: El objetivo del Programa es ayudar a quienes vayan a realizar una estancia Erasmus en el extranjero durante el curso académico 2024/2025, otorgándoles una ayuda económica, fomentando de este modo la movilidad del estudiantado en el ámbito de la Unión Europea, así como su empleabilidad después de su estancia internacional.
  • Dirigida a: estudiantes de la Universidad de Granada con plaza adjudicada a destinos Erasmus+ en la «Convocatoria de movilidad internacional de estudiantes de grado. Curso 2024/2025».
  • Presentación de solicitudes: hasta el 19 de marzo de 2024.

Nota: Esta beca en caso de ser adjudicada, complementa a las ayudas de movilidad internacional asociadas a las plazas de la Convocatoria de movilidad internacional de Grado.

estudiantes hablando
  • Calendario:
Plazo de solicitud: hasta el 19 de marzo de 2024. 
Resolución provisional: 15 de abril de 2024 
Plazo de alegaciones: hasta el 29 de abril de 2024.
Resolución definitiva: 10 de mayo de 2024.
Plazo de aceptación o renuncia: 7 días naturales desde la comunicación individualizada de adjudicación.

Procedimiento de solicitud

Las personas interesadas deberán realizar su solicitud a través de la aplicación «Santander Open Academy» hasta el día 19 de marzo de 2024.

Para facilitar la gestión de solicitudes, se recomienda utilizar el dominio @correo.ugr.es en el campo de correo electrónico.

Resolución de dudas

Las dudas sobre el contenido de la presente convocatoria se dirigirán al Área de Información de la Oficina de Relaciones Internacionales: iro@ugr.es

Resolución Definitiva - Becas Santander ERASMUS Curso Académico 2024/2025

De acuerdo con la «RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada por la que se publican las condiciones del programa «Becas Santander Estudios para Erasmus. Convocatoria 2024/2025», publicada el 23 de febrero de 2024, finalizado el plazo de presentación de alegaciones a la resolución provisional, se resuelve publicar el listado definitivo de la propuesta de adjudicación de las becas.

Contra la presente resolución, que se dicta por delegación de firma de fecha de 9 de febrero de 2023 y que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de la Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28 de julio de 2011) y del artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse recurso de reposición ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación esta resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).