Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Dicha Oficina les expedirá un certificado de registro que les permitirá acreditar su derecho de residencia en territorio español.
https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria_tasas.php#
Los estudiantes Erasmus también están incluidos en esta obligación.
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
La inscripción en el Registro Central de Extranjeros en Granada se realiza en la Oficina de Extranjeros situada en C/ San Agapito, número 2. El horario de atención es de lunes a jueves de 9h a 17.30h y viernes de 9h a 14h.
Para pedir cita previa, visita este enlace .
Tres meses contados desde la fecha de entrada en España.
- Deberá ser abonada en cualquier banco con anterioridad a la expedición del certificado de registro en cualquier oficina bancaria, presentando el siguiente documento impreso. Accede aquí a rellenar e imprimir el formulario de liquidación de la tasa 790 .
- Si no puedes acceder a esta opción, acude primero al Registro Central de Extranjeros provisto de toda la documentación anteriormente solicitada. Una vez allí, recibirás un número de NIE temporal para que efectúes el pago de la tasa con el formulario que te proporcionarán.
Una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro (NIE) en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.
Más información del procedimiento aquí.
En este caso, seremos las universidades quienes facilitaremos directamente al Registro Central de Extranjeros los datos de los estudiantes que se encuentran en la Universidad de Granada a través de programas de movilidad europeos, como Erasmus+, etc., los cuales no necesitarán tramitar un visado para el periodo de estancia en España.
Para poder hacer dicha comunicación, necesitamos que tras recibir la carta de aceptación a la Universidad de Granada, nos remitáis un correo electrónico a intlinfo@ugr.es, adjuntando los siguientes documentos en formato .pdf:
Para poder entrar y permanecer como estudiante en España, debes solicitar el visado de estudios en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en el país o demarcación en el que residas.
Para ello, debes dirigirte a la Oficina de Extranjeros en el plazo de un mes desde tu entrada en España. Para pedir cita previa visita este enlace .Tras seleccionar la provincia (Granada) y aceptar, ve a trámites cuerpo nacional de policía y selecciona la opción del desplegable: POLICÍA-TOMA DE HUELLAS (Expedición de tarjeta). Tendrás que presentar los siguientes documentos:
Guarda bien el resguardo que te darán ese día, tu tarjeta de residencia definitiva llegará a la oficina de extranjería de Granada aproximadamente al cabo de un mes desde que la solicitaste, y tendrás que ir a recogerla allí. Para ello, tendrás que solicitar cita nuevamente para ser atendido: ve a trámites cuerpo nacional de policía y selecciona la opción del desplegable: POLICÍA-RECOGIDA DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO TIE.
Si la duración de tus estudios es superior a un año, deberás solicitar y obtener una prórroga de tu autorización de estancia. Para ello es muy importante que presentes la solicitud durante los sesenta días previos a su caducidad. También se podrá presentar dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
Una vez concedida la autorización, deberás solicitar en el plazo de un mes la expedición de tu nueva Tarjeta de Identidad.
Para pedir cita previa, visita este enlace .
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Nota: El Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Granada no se hace responsable de las posibles modificaciones que se puedan producir en la legislación española al respecto una vez publicada esta información. Por lo tanto la Universidad de Granada recomienda a los estudiantes que consulten debidamente sus obligaciones relacionadas con su residencia en España en la Oficina de Extranjeros una vez en Granada, en la web del Ministerio de Interior o en los Consulados previamente a su llegada. No obstante, nuestra oficina continuará informándose de las posibles novedades y publicándolas en nuestros medios habituales de difusión.
Web del Ministerio de Trabajo y Economía Social
Web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones