Estudiantes Erasmus nacionales de la Unión Europea y el espacio Schengen
Registro en la Oficina de Extranjería de Granada:
Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, o un país perteneciente a la zona Schengen que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a 3 meses, han de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. Dicha Oficina les expedirá un certificado de registro como ciudadano de la UE en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio, fecha de registro y el número NIE: Número de Identificación de Extranjero. Este certificado les permitirá acreditar su derecho de residencia en territorio español.
Los estudiantes Erasmus también deben realizar este trámite.
Documentación necesaria para realizar la inscripción
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
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Impreso de solicitud en modelo oficial.pdf (EX-18).
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Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
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CREDENCIAL OFICIAL DE ESTUDIANTE ERASMUS (emitida por la UGR o por su Universidad de origen).
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Fotocopia de la tarjeta sanitaria europea o del seguro médico del que disponga.
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Justificante de abono de la tasa.
El procedimiento se desarrollará como sigue:
Recuerda acudir a tu cita con TODOS los documentos preparados.
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Lugar de presentación:
La inscripción en el Registro Central de Extranjeros en Granada se realiza en la Oficina de Extranjeros situada en C/ San Agapito, número 2.
Para pedir cita previa, visita este enlace. Tras seleccionar la provincia de Granada y aceptar, selecciona la Oficina de Extranjería en Granada, en Calle San Agapito 2 y ve a TRÁMITES POLICÍA NACIONAL – CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO DE LA UE. En caso de encontrar dificultad para pedir tu cita puedes enviar una petición a través del buzón de consulta de extranjería. En el apartado de oficina selecciona “Granada” y en el apartado de consultas selecciona “consultas sobre cita previa”.
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Plazo de presentación:
Tres meses contados desde la fecha de entrada en España.
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Tasa (12€):
- Deberá ser abonada en el banco con anterioridad a la expedición del certificado de registro. Esta tasa se puede pagar en algunos cajeros automáticos ya que no todos los bancos permiten su pago en ventanilla. Accede aquí a rellenar e imprimir el formulario de liquidación de la tasa 790-012.(12€). En el formulario deberás seleccionar la opción: TIE DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FAMILIARES DE PERSONAS CON NACIONALIDAD ESPAÑOLA, CERTIFICADO DE REGISTRO DE RESIDENTE COMUNITARIO O TIE DE FAMILIAR DE UN CIUDADANO DE LA UNIÓN Y TIE ASOCIADA AL ACUERDO DE RETIRADA DE CIUDADANOS BRITÁNICOS Y SUS FAMILIARES (BREXIT).
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Expedición del certificado de registro:
Una vez abonada la tasa, previa constatación de los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero (NIE) y fecha de registro.
Estudiantes Erasmus de nacionalidad extracomunitaria procedentes de Universidades de la UE
En este caso, será la universidad la que facilitará directamente al Registro Central de Extranjeros los datos de los estudiantes extracomunitarios procedentes de universidades de la UE que se encuentren en la Universidad de Granada a través de programas de movilidad europeos, como Erasmus+, Erasmus Mundus etc., los cuales no necesitarán tramitar un visado para el periodo de estancia en España, siempre que estén en posesión de la documentación que se menciona más abajo.
Consulta aquí la normativa (art.44.2)
Para poder hacer dicha comunicación, necesitamos que tras recibir la carta de aceptación a la Universidad de Granada, nos remitáis un correo electrónico a intlinfo@ugr.es, adjuntando los siguientes documentos en formato .pdf:
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Pasaporte.
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Tarjeta de residencia (por ambas caras) del país de la Unión Europea donde esté ubicada tu universidad de origen, con vigencia para todo tu periodo de estudios en la Universidad de Granada.
Debéis también rellenar este formulario donde entre otras cosas se os requiere el domicilio y teléfono en Granada.
Plazo de presentación: la Universidad de Granada realizará la comunicación en cualquier momento anterior a la entrada del estudiante en territorio español y, a más tardar, en el plazo de un mes desde que se efectúe la misma.

Estudiantes extracomunitarios procedentes de Universidades de países extracomunitarios
Para poder entrar y permanecer como estudiante en España, debes solicitar el visado de estudios en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en el país o demarcación en el que residas. Se deberá presentar la solicitud con una antelación mínima de dos meses a la fecha de comienzo de los estudios salvo que se acredite la imposibilidad de hacerlo por existir fechas concretas de matriculación o por otros motivos excepcionales.
Los documentos mínimos necesarios para la solicitud de tu visado de estudios son:
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Pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima de un año.
- Documentación acreditativa de estar admitido en una institución o centro de enseñanza superior y de haber abonado los derechos de inscripción o matrícula.
- Para estudiantes de movilidad admitidos en la modalidad de Intercambio no se contempla el pago de matrícula, por tanto estos estudiantes acreditarán esa exención con el documento oficial expedido junto a su carta de admisión.
- Los estudiantes de Libre Movilidad cuya admisión implica formalización de matrícula y abono de precios públicos realizarán su inscripción de manera presencial a su llegada, en la Facultad/Escuela correspondiente. Estos estudiantes acreditarán que dichos trámites no se pueden ajustar a los plazos del procedimiento de la solicitud de visado con el documento oficial expedido junto a su carta de admisión.
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Contenido del plan de estudios.
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Certificado médico que acredite que no se padece ninguna de las enfermedades con repercusiones en la salud pública.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.
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Si la duración de la estancia supera los seis meses, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.
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Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
- Justificante de haber abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
Si el visado que has obtenido de entrada en España es menor de 180 días, no tienes por qué pasar por la Oficina de Extranjería. Observarás que en tu visado, la misión diplomática española te habrá puesto el número NIE (Número de Identificación de Extranjero), por lo que tu registro ya está hecho. Cuando se te pida el NIE para alguna gestión en España, podrás dar ese número.
IMPORTANTE: Conforme al Real Decreto 1155/2024 en vigor desde el 20 de mayo 2024 las solicitudes de las Autorizaciones de estancia de larga duración por estudios superiores iniciadas desde España deberán presentarse con una antelación mínima de dos meses a la fecha del comienzo de los estudios y dos meses antes de la fecha de expiración de su situación legal.
Más información sobre el procedimiento aquí.
Una vez en España, si tu estancia por estudios va a ser superior a seis meses, debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Si el visado que has obtenido es de larga duración, es decir, de más de 180 días, entonces tendrás que solicitar cita por internet en la oficina de extranjería de Granada para obtener tu tarjeta de residencia o TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), donde tu NIE estará impreso.
Para ello, debes dirigirte personalmente ante la Unidad de Documentación de Policía Nacional, situada en la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía en el plazo de un mes desde tu entrada en España. Para pedir cita previa visita este enlace. Tras seleccionar la provincia (Granada) y aceptar, escoge la Oficina (Oficina de Extranjería en Granada, San Agapito, 2), ve a trámites de Policía Nacional y selecciona la opción del desplegable: POLICÍA-TOMA DE HUELLAS (Expedición de tarjeta). Tendrás que presentar los siguientes documentos:
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Formulario de solicitud relleno: modelo oficial.pdf (EX-17).
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Pasaporte o título de viaje con el sello de entrada y Visado: original y copia de las páginas donde aparece el número de pasaporte y el visado + hoja con el sello de entrada a España.
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Una fotocopia del seguro médico.
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Una fotografía reciente en color tamaño carné, en fondo blanco.
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CREDENCIAL OFICIAL DE ESTUDIANTE DE MOVILIDAD INTERNACIONAL (emitida por la UGR) y resguardo de matrícula.
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Justificante del abono de la tasa correspondiente, que encontrarás en este enlace: Tasa 790/012 (16.08€).Debes seleccionar la opción TIE QUE DOCUMENTA LA PRIMERA CONCESIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL, DE ESTANCIA O PARA TRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS. Debes imprimirla, llevarla a cualquier banco y pagar en efectivo la tasa.
Guarda bien el resguardo que te darán ese día ya que hará las veces de tarjeta de residencia provisional, tu tarjeta de residencia definitiva llegará a la oficina de extranjería de Granada aproximadamente al cabo de un mes desde que la solicitaste, y tendrás que ir a recogerla allí. Para ello, tendrás que solicitar cita nuevamente para ser atendido: tras seleccionar la provincia (Granada) y aceptar, selecciona la Oficina (Oficina de Extranjería en Granada, San Agapito, 2), ve a trámites de Policía Nacional y selecciona la opción del desplegable:: POLICÍA-RECOGIDA DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO TIE.

Prórroga de la estancia por estudios
Si la duración de tus estudios es superior a un año, deberás solicitar y obtener una prórroga de tu autorización de estancia. Para ello es muy importante que presentes la solicitud durante los 2 meses previos a su caducidad. También se podrá presentar dentro de los 3 meses posteriores, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.
La prórroga deberá solicitarse por medios electrónicos,a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (Mercurio) por la persona extranjera o a través de representante, e irá dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia donde obtuvo la autorización inicial. Para presentar la solicitud telemáticamente es necesario tener Certificado Digital de persona física.
Para solicitar la prórroga, deberás aportar la siguiente documentación:
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Solicitud de prórroga, por duplicado. Modelo oficial EX-00
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Copia de tu tarjeta de identidad anterior.
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Pasaporte o título de viaje en vigor.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.
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Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. Se podrá emplear cualquier medio de prueba, como medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas, entre otros.
- Documentación acreditativa de estar admitido en una institución o centro de enseñanza superior, y de haber abonado los derechos de inscripción o matrícula.
- Abono de la tasa (790/052).
- Si tu estancia anterior ha sido inferior a 180 días y ahora prorrogas, entonces debes aportar el certificado de antecedentes penales del país(es) donde hayas residido en los últimos 5 años. Éste debe estar debidamente legalizado o apostillado y traducido oficialmente al español. La apostilla se pone sobre los documentos de países adheridos al Convenio de la Haya.
Más información sobre la prórroga aquí.
Una vez concedida la autorización, deberás solicitar en el plazo de un mes la expedición de tu nueva Tarjeta de Identidad de extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía o servicios policiales competentes de tu lugar de residencia.
Para pedir cita previa, visita este enlace .
Oficina de Extranjería en Granada
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Dirección: C/ San Agapito, número 2, (Esquina Ribera del Beiro) C.P. 18071 Granada.
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Teléfonos de contacto: (+34) 958 909 421 Expedición de tarjetas. (+34) 958 909 424 Expedición de tarjetas. (+34) 958 909 408 Información. 902022222 Información del estado de tramitación de un expediente
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Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 9h a 14h.
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cita previa: visita este enlace .
Nota: El Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Granada no se hace responsable de las posibles modificaciones que se puedan producir en la legislación española al respecto una vez publicada esta información. Por lo tanto la Universidad de Granada recomienda a los estudiantes que consulten debidamente sus obligaciones relacionadas con su residencia en España en la Oficina de Extranjeros una vez en Granada, en la web del Ministerio de Interior o en los Consulados previamente a su llegada. No obstante, nuestra oficina continuará informándose de las posibles novedades y publicándolas en nuestros medios habituales de difusión.
Web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones