Las personas seleccionadas deberán ACEPTAR o RENUNCIAR en el plazo de 10 días desde la publicación de la presente resolución. La aceptación deberá formalizarse en documento normalizado, firmado por el beneficiario/a, y ser presentado en el Registro de la ORI, en el Registro General o cualquiera de los registros auxiliares de la UGR.
Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).
La presente Resolución se publica en la web del Vicerrectorado de Internacionalización, sustituyendo la notificación personal a los interesados surtiendo los mismos efectos.