Examinadas las alegaciones presentadas a la Resolución de 30 de enero de 2015 del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Granada, por la que se publican los resultados provisionales de selección de la CONVOCATORIA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO UNIVERSIDAD DE GRANADA Y CEI BioTic GRANADA para el curso académico 2014/2015, este Vicerrectorado ha resuelto:
Contra la presente resolución, podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 87.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14-1-99).
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