Período de aceptación de la ayuda concedida hasta el 15 de abril de 2015.
La aceptación deberá formalizarse en documento normalizado, firmado por el beneficiario (obligatorio adjuntar fotocopia del DNI). Dicho documento de aceptación deberá presentarse en el Registro de la ORIC, en el Registro General o cualquiera de los registros auxiliares en los plazos indicados en el calendario. Transcurrido el mencionado plazo sin presentación del citado documento, se entenderá que el seleccionado renuncia a la ayuda. Las ayudas que queden vacantes se adjudicarán a los suplentes por orden de puntuación en la segunda adjudicación.
Los resultados de la selección para cada modalidad se publican de forma independiente. Sin embargo, aquellos solicitantes que resulten finalmente seleccionados en varias modalidades, al aceptar ayuda en una modalidad, renuncian automáticamente a otras que pudieran tener solicitadas o concedidas.
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