Las personas seleccionadas deben aceptar, reservar o renunciar a través de acceso identificado hasta el 05 de diciembre de 2018. La no presentación de la correspondiente aceptación, reserva o renuncia se considerará como renuncia a la convocatoria.
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Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 84.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.236, de 2 de octubre de 2015).