Segunda relación de adjudicaciones de ayudas para la movilidad Erasmus de personal docente para el curso 2011/2012

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Segunda relación de adjudicaciones de ayudas para la movilidad Erasmus de personal docente para el curso 2011/2012

08/03/2012

De conformidad con lo estipulado en la Convocatoria de Programa de Movilidad Erasmus para Personal Docente de la Universidad de Granada, publicada el 30 de noviembre de 2011, y oída la Comisión de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada, este Vicerrectorado ha resuelto:

  • Publicar, en el Anexo I, la RELACIÓN DE LAS SOLICITUDES ADMITIDAS desde desde el 10 de enero hasta el 20 de febrero de 2012.
  • Conceder las ayudas de movilidad docente Erasmus a los profesores enumerados en el Anexo I para los destinos que se indican en el mismo.
  • No se conceden movilidades a aquellos destinos con los que no existe acuerdo firmado por parte del centro al que pertenece el/la solicitante.
  • Se informa que de acuerdo con la convocatoria, si se conceden dos ayudas a movilidad a la misma persona, es obligatorio que las estancias se realicen en instituciones de destino diferentes y se justifiquen en fechas y viajes distintos.
  • Las solicitudes de miembros de PDI que tengan concedidos dos destinos en la primera resolución quedan desestimadas. Estos solicitantes únicamente podrán optar a la nueva ayuda renunciando a una ayuda concedida en las resoluciones anteriores de esta convocatoria o deberán presentar una petición, solicitando cambio de destino.
  • En aquellos casos en los que los profesores solicitan dos destinos en esta segunda fase y tengan concedida una plaza en la anterior resolución, se les concede el primer destino que hayan solicitado. Estos solicitantes únicamente podrán optar al segundo destino renunciando a una de las ayudas concedidas o deberán presentar una petición, solicitando cambio de destino.
  • Se recuerda a los solicitantes que deben formar parte de la nómina de la Universidad de Granada como personal docente, tanto en el momento de presentar la solicitud como en el momento de disfrutar la estancia.
  • Al detectarse un problema técnico con la presentación se solicitudes on-line (obligación de solicitar obligatoriamente una segunda movilidad) y con el objeto de estimar el número máximo de movilidades a conceder en la tercera resolución, en función del presupuesto disponible para el Programa, se requiere a todos los solicitantes a los que se les haya concedido dos ayudas en la primera y/o segunda resolución, que comuniquen a la Oficina de Relaciones Internacionales el número de movilidades que finalmente van a realizar. Para ello, deberán, antes del 20 de abril de 2012, enviar un correo electrónico a la dirección intlerasmus@ugr.es, con el asunto “CONFIRMA TS”, especificando en el cuerpo del mensaje el nombre, apellido del solicitante y el (los) destino(s) de los concedidos al que va a viajar.
  • Anunciar que las alegaciones y solicitudes que requieran subsanación, cuando así se indique en el Anexo I, deberán completarse y presentarse durante el período de la tercera fase de presentación de la solicitud (hasta el 20 de abril de 2012), para que se pueda valorarse de nuevo en la tercera resolución.

Contra la presente resolución, podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Granada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 87.2) de los Estatutos de la Universidad de Granada publicados por Decreto 325/2003, de 9 de diciembre, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14-1-99).