Nota informativa sobre la Convocatoria Erasmus +: Erasmus 2015/16 - Causas de exclusión: Insuficiente número de créditos reconocibles

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Nota informativa sobre la Convocatoria Erasmus +: Erasmus 2015/16 - Causas de exclusión: Insuficiente número de créditos reconocibles

19/12/2014

Nota informativa sobre la Convocatoria Erasmus +: Erasmus 2015/16

El Reglamento de Movilidad Internacional de Estudiantes establece que el derecho a realizar en destino un número de créditos inferior a la carga mínima de un curso o un semestre académico tiene carácter excepcional (Art. 20.4). La Convocatoria Erasmus+: Erasmus de Movilidad Internacional de Estudiantes 2015/2016 establece la obligación de poder realizar un número suficiente de créditos en destino, ya que es uno de los requisitos clave establecidos por el Programa Erasmus+.

La convocatoria también establece un plazo de alegaciones que estará abierto hasta el próximo 7 de enero de 2015. Durante dicho periodo se estudiarán todas las situaciones individuales excepcionales. Por ello, recomendamos encarecidamente que, quienes consideren que su situación académica lo justifique o que estarán en disposición de cumplir los requisitos anteriormente citados durante el curso 2015/2016, hagan uso del plazo de alegaciones para solicitar que se revise su caso.

Os recordamos que contar con un número insuficiente de créditos reconocibles en función de la duración de la estancia en el destino solicitado en el momento de realizar la solicitud como causa de exclusión se explicita en el Anexo I de la Convocatoria Erasmus+ en tres ocasiones. Os recordamos también que las condiciones de la movilidad establecidas en la convocatoria deben ser conocidas por todas y todos los candidatos, puesto que, tal y como se explicita en su punto 7 (p. 4), “La aceptación de la plaza supone el conocimiento y aceptación de las condiciones de la convocatoria, así como de los derechos y obligaciones correspondientes.”:

ANEXO I “SOLICITUD Y SELECCIÓN” IMPORTANTE:

Para garantizar el cumplimiento de los compromisos relativos a calidad de la movilidad adquiridos por la UGR mediante la firma de la Carta Erasmus, la presente convocatoria establece un nuevo requisito de exclusión por destino para garantizar la viabilidad de un programa de estudios a tiempo completo en el momento de realizar la estancia. Se describe en el apartado 3.1.

  • 1.2. Información sobre la solicitud

En la elección de plazas deberá tenerse en cuenta que la situación académica del estudiante deberá permitir el cumplimiento de los estándares de calidad establecidos para el Programa Erasmus en lo referente al contenido del programa de estudios en destino. Para garantizar estos estándares se aplicarán las medidas descritas en el apartado 3.1.1 de este anexo I.

3.1.1. Posibles causas de exclusión Causas de exclusión específicas por destinos:
• Insuficiente número de créditos reconocibles. Se aplicará según el siguiente criterio:

  1. Plazas anuales: nº créditos del plan de estudios – (nº créditos superados + nº créditos matriculados en 14/15) ≥ 42
  2. Plazas cuatrimestrales y/o semestrales: nº créditos del plan de estudios – (nº créditos superados + nº créditos matriculados en 14/15) ≥ 21