No se conceden movilidades a aquellos destinos con los que no existe acuerdo firmado por parte del centro al que pertenece o en el que imparta docencia el/la solicitante y no exista una justificación que permita el uso del acuerdo en función de existencia de encargos docentes o autorización expresa del centro firmante del acuerdo.
Contra la presente Resolución provisional se abre un plazo de alegaciones y subsanación hasta las 14.00 horas del día 20 de noviembre de 2017. Las alegaciones y subsanaciones se deberán presentar a través del Registro General de la UGR o cualquiera de los registros auxiliares. No se tendrán en cuenta las subsanaciones presentadas fuera del plazo mencionado.
La presente Resolución se publica en la web del Vicerrectorado de Internacionalización, sustituyendo la notificación personal a los interesados surtiendo los mismos efectos.
http://internacional.ugr.es/pages/movilidad/profesores/salientes/movilidad-erasmus-docente