De conformidad con lo estipulado en la Convocatoria de Programa de Movilidad Erasmus para Personal Docente de la Universidad de Granada, publicada el 14 de octubre de 2013, este Vicerrectorado ha resuelto:
1. Publicar, en el Anexo I, la RELACIÓN DE LAS SOLICITUDES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS desde el el 30 de enero de 2014 hasta el fin de plazo de presentación de solicitudes previsto en la Convocatoria (23 de abril de 2014).
2. Conceder las ayudas de movilidad docente Erasmus a los profesores enumerados en el Anexo I para los destinos que se indican en el mismo.
No se conceden ayudas a aquellas personas que tengan concedidas en las resoluciones anteriores dos movilidades. En el caso de que soliciten cambiar el/los destino(s), deberán presentar la correspondiente solicitud de autorización de cambio de destino, dirigida a la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo.
No se conceden movilidades a aquellos destinos con los que no existe acuerdo firmado por parte del centro al que pertenece el/la solicitante y no exista una justificación que permita el uso del acuerdo en función de existencia de encargos docentes o autorización expresa del centro firmante del acuerdo.
Se informa que de acuerdo con la convocatoria, si se conceden dos ayudas a movilidad a la misma persona, es obligatorio que las estancias se realicen en instituciones de destino diferentes y se justifiquen en fechas y viajes distintos.
3. Esta resolución es de carácter provisional. Las alegaciones y subsanaciones cuando así se indique en el Anexo I, deberán presentarse durante el período antes de las 14.00 del 19 de mayo de 2014.